
El oficialismo busca convertir en ley la derogación de la cuarta categoría de Ganancias
ACTUALIDAD28/09/2023
Esteban Díaz Romero
El oficialismo buscará este jueves en el Senado convertir en ley la derogación de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, en el marco de una sesión convocada para las 14.
El proyecto en cuestión recibió media sanción en la Cámara de Diputados hace dos martes y el jueves pasado obtuvo dictamen de mayoría en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta.
La convocatoria formal a la sesión fue oficializada a través de un decreto parlamentario que lleva la firma de la vicepresidenta y titular del Senado, Cristina Fernández de Kirchner.
La decisión de debatir el proyecto fue anticipada la semana pasada por el titular de la bancada del Frente de Todos, el formoseño José Mayans, quien en esa oportunidad dijo que buscarán "ratificar la media sanción de Ganancias que viene de Diputados para que inmediatamente sea promulgada por el Poder Ejecutivo y se pueda ver en el salario de octubre".
Qué plantea la modificación
La iniciativa enviada por el ministro de Economía, Sergio Massa, reforma el impuesto a las Ganancias al crear un nuevo gravamen sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.
Los puntos principales del proyecto contemplan además la creación de un nuevo "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros".
De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.
En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.
El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.
Además, prevé que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
Por último, la iniciativa estipula que en el caso de los trabajadores en relación de dependencia y para jubilados y pensionados comprendidos en el impuesto que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.


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