

Un fallo judicial en Quilmes ordenó a una empresa a pagar casi un millón de pesos por daños y perjuicios a un consumidor tras una disputa por la compra de materiales de construcción que nunca fueron entregados. El caso se desarrolló en el Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 2 y concluyó con una condena que incluyó indemnización por daño emergente, daño moral e imposición de una multa por daño punitivo, según consta en la sentencia.
El proceso comenzó cuando un vecino de Quilmes inició una demanda contra una firma dedicada al rubro de la construcción. El hombre, representado por su abogada, denunció que había adquirido ocho bolsas de cemento en noviembre de 2018 a través del sistema de acopio, que permite a los clientes pagar por adelantado y retirar los materiales a demanda en el futuro. El comprador presentó la factura de la operación, que ascendía a 2.096 pesos y fue abonada en efectivo en el local de la empresa.
De acuerdo con el expediente, el reclamante relató que el sistema de retiro de materiales estaba determinado por la empresa. Los clientes debían solicitar la entrega telefónicamente y, tras la coordinación, recibían la mercadería firmando los comprobantes correspondientes. El denunciante aseguró que el mecanismo funcionó hasta que, a comienzos de 2021, intentó retirar las ocho bolsas de cemento y no obtuvo respuesta. Según su versión, solo recibió excusas y evasivas por parte del personal del comercio.
El tribunal determinó que existió una relación de consumo protegida por la legislación vigente. El juez destacó que el consumidor es considerado destinatario final en la operación y que la empresa, como proveedora de bienes y servicios, está sujeta a las obligaciones establecidas por la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial de la Nación.



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