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Reglamentaron la Ley de Inocencia Fiscal y lanzan un esquema de “blanqueo permanente”

ACTUALIDAD09/02/2026Esteban Díaz RomeroEsteban Díaz Romero
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El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que introduce un cambio de paradigma en materia tributaria y pone en marcha un esquema de “blanqueo permanente” para incentivar la incorporación de ahorros informales al sistema formal. La medida apunta a captar parte de los US$ 200.000 millones que, según estimaciones oficiales, los argentinos mantienen fuera del circuito financiero.

El eje central del nuevo régimen es el abandono de la presunción de culpabilidad fiscal. A partir de ahora, quienes adhieran al sistema y cumplan con sus obligaciones hacia adelante quedarán alcanzados por un “tapón fiscal”, que clausura la revisión de períodos pasados, tanto en el plano administrativo como penal. En ese marco, ARCA concentrará su accionar en el cumplimiento presente y futuro, dejando de exigir explicaciones por incrementos patrimoniales históricos.

Según datos oficiales, los depósitos privados en dólares ya superan los US$ 37.000 millones, el nivel más alto desde 2002. En paralelo, unas 23.000 personas ya se incorporaron al Régimen Simplificado, sobre un universo potencial estimado en 600.000 contribuyentes. Además, el blanqueo inicial impulsado por el gobierno de Javier Milei permitió declarar más de US$ 20.000 millones.

Alcances, límites y beneficios del régimen

El Régimen Simplificado está destinado a personas humanas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio declarado que no supere los $10.000 millones. Solo quedan excluidos los grandes contribuyentes, un grupo que ARCA estima en alrededor de 900 personas. El efecto liberatorio se mantiene siempre que no se detecten discrepancias superiores al 15%, montos relevantes sin justificar o el uso de facturas apócrifas.

Entre los cambios más relevantes para los contribuyentes, se elevó el umbral a partir del cual los bancos deben reportar operaciones al fisco: los movimientos de hasta $10 millones mensuales no generarán avisos automáticos. Además, se ratificó que la compra de inmuebles en efectivo continúa permitida. Para los cumplidores, el plazo de prescripción de deudas tributarias se redujo de cinco a tres años.

En materia operativa, el régimen prevé declaraciones juradas precargadas, menor carga administrativa y mayor previsibilidad. La constancia de adhesión al sistema funcionará como antecedente favorable ante los bancos en los procesos de prevención de lavado, simplificando los controles de compliance.

Multas, delitos y nueva relación con el fisco

La reglamentación también actualizó de manera significativa el esquema sancionatorio. Las multas por no presentar declaraciones juradas se incrementaron en torno al 100.000%: para personas humanas pasaron de $200 a $220.000, y para empresas de $400 a $440.000. En paralelo, se eliminaron las sanciones automáticas y se incorporó un período de gracia de entre 10 y 15 días hábiles tras un recordatorio oficial antes de aplicar penalidades.

En el plano penal, se elevaron los umbrales de punibilidad: la evasión simple quedó fijada en $100 millones y la evasión agravada en $1.000 millones. La normativa habilita, además, la extinción de la acción penal por única vez mediante el pago total de la deuda.

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