
Fue publicado el decreto que determina que las jubilaciones aumentarán por la inflación
ACTUALIDAD25/03/2024
Esteban Díaz Romero
El Gobierno dispuso modificar por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la fórmula de movilidad jubilatoria, estableciendo que desde julio los haberes se actualizarán por inflación.
En la previa a esa actualización por inflación, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5 por ciento.
Los cambios en la movilidad jubilatoria quedaron oficializados a través del Decreto 274/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Se argumentó que la medida se toma “con el objeto de dar respuesta de forma rápida y eficaz a la acuciante realidad que enfrentan los adultos mayores”.
El Estado “ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación”.
Así, el Ejecutivo consideró que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor”.
Jubilaciones
El decreto estableció que las prestaciones se actualizarán mensualmente por inflación y determinó que “en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber”.
La entrada en vigencia de la nueva fórmula “se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024”.
El Ejecutivo dispuso que “a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente”.
Aumentos
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorgará en abril “un incremento extraordinario equivalente al 12,5 %” y además “un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024”.
A su vez, los jubilados percibirán “en mayo de 2024, un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año”, mientras que cobrarán “en junio de 2024, un incremento, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241”.


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